La Restitutio in Integrum en la epoca clásica suponía exactamente lo que significa su enunciado, es decir, una restitución total, en volver íntegramente a la situación jurídica que existía entre dos personas antes que el acto civil, ahora anulado y sin efectos, hubiera tenido lugar.
Cattan Atala, A., & Pulgar Núñez, X. (1989). Algunas notas sobre la restitutio in integrum en la época de Justinianoo. Revista Chilena De Historia Del Derecho, (15), Pág. 21–25. https://doi.org/10.5354/rchd.v0i15.24340