@article{Mariluz Urquijo_1991, title={El derecho natural como crítica del derecho vigente en el setecientos rioplatense}, url={https://historiadelderecho.uchile.cl/index.php/RCHD/article/view/24807}, DOI={10.5354/rchd.v0i14.24807}, abstractNote={La sacralización de la figura del rey, sumo legislador, y el endurecimiento del Estado Absolutista que se produce en el siglo XVIII, no eran factores como para estimular la crítica de la legislación vigente. No se suprime la posibilidad de reclamar contra leyes dictadas con obrepción y subrepción, ni de informar mejor a la Corona para que derogue alguna norma ya dictada, ni la de acudir al remedio heroico de acatar y no cumplir, pero la doctrina redobla sus exhortaciones para que el vasallo observe estrictamente la ley sin detenerse a interpretarla. Cuando el criticismo del siglo se aplica al campo del derecho,<br />es casi siempre para censurar al derecho romano o a leyes y costumbres españolas muy antiguas, provenientes de "tiempos tenebrosos", fruto de una "grande ignorancia", con el fin de adecuarlas a los tiempos ilustrados que corren’. Y si se edita una obra de fuerte contenido crítico, como los Defectos de la jurisprudencia, de Muratori, el traductor espa- Rol se apresura a tranquilizar a sus lectores aclarando que muchas de las fallas imputadas a la jurispmdencia han sido oportunamente corregidas, precavidas o remediadas "por nuestra sabia legislación", de suerte que, si se observasen puntualmente las leyes, ’hada<br />habría que apetecer en orden a la pronta y sencilla substanciación de los juicio’.}, number={14}, journal={Revista Chilena de Historia del Derecho}, author={Mariluz Urquijo, José M.}, year={1991}, month={ene.}, pages={Pág. 207–212} }