-Dalloz en el "Repertoire de Législation et Jurisprudence", la define como: "La detención en el mar, por las fuerzas marítimas de un Estado de sus súbditos, competentemente autorizados, de cualquiera especie de embarcación perteneciente a otro Estado enemigo, y aún en ciertos casos neutrales o aliados, con el designio de apropiarse el buque y su carga, o tan sólo esta Última en su totalidad o en parte".
Dougnac Rodríguez, F. (1983). El juicio de presas en el derecho patrio. Revista Chilena De Historia Del Derecho, (9), Pág. 165–176. https://doi.org/10.5354/rchd.v0i9.25689