Por Real Orden de 30 de agosto de 1788, se establecieron las reglas a que debían ajustarse las remesas de los minerales que debían enviarse a España. Junto a este interés por conocer el estado de la minería de estos reinos, tambidn existió por la Corona la preocupación por ampliar el conocimiento de las plantas y semillas de Indias, las que debían ser remesadas en las formas más apropiadas a sus estados.
Luigi, J. de. (1970). Algunos antecedentes mineros del centro y sur del país en el siglo XVIII. Revista Chilena De Historia Del Derecho, (6), Pág. 200–204. https://doi.org/10.5354/rchd.v0i6.26213