Las presas maritimas en el derecho

Autores/as

  • Alamiro de Avila Martel

Resumen

En la guerra maritima, sea ésta una guerra internacional o una guerra civil, como fue la de la independencia de Amdrica o la nuestra de 1891, la finalidad de las operaciones es causar el mayor daño al enemigo. Entre ellas tiene especial trascendencia privarlo de sus naves de guerra y mercantes e interrumpirle el comercio con los neutrales. La captura de los buques de guerra y mercantes enemigos y de su carga, de los Cargamentos de contrabando de guerra o de propiedades enemigas en naves neutrales o la de estas mismas y su carga cuando rompen un bloqueo o no se prestan a la visita, constituye buena presa cuyo producido, en todo o en parte, según las normas internas de cada país, es a beneficio de los apresadores. Excepcionalmente también constituyen buena presa las capturas realizadas en tierra por las fuerzas embarcadas o con su cooperación.
Así lo practicó Chile en la guerra de la independencia y esa extensión era también la jurisprudencia de las cortes norteamericanas.